Multa por "tener la ITV caducada" pero recien pasada con fallos...¿legal?
01-feb-2011 01:19
#1
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Le acaba de pasar a mi hermana y dudo de la legalidad de la multa.... Sucedido en Mallorca hoy.... Tenia la itv caducada desde dic, pues ha estado de exs en la uni. Hoy va a pasarla tras acabar hoy el ultimo ex y le "pasa" pero con defectos y que tiene que arreglarlos y volver a ir a que vean que ha arreglado los desperfectos, le dan el tipico papel de que el coche puede circular pero solo a los talleres y a la ITV Sale de la ITV y a 50m control de los picoletos, y le paran al tener matricula de BI (tipico....), le dicen que como no ha pasado la ITV, multa y mi hermana enseñando los papeles que acaba de pasarla pero tiene fallos... y el picoleto que se la suda, que multa de de 200 €. Le dice que firme la multa, mi hermana que no, y el picoleto que si no la firma, de alli no se mueve ni ella ni el coche, ya medio a gritos todo. Firma, y se va y me llama llorando y me cuenta esta historia... La pregunta es lo de siempre... ¿es legal esta multa? Gracias compis. |
Editado: 01-feb-2011 02:05 -
01-feb-2011 01:40
#2
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No sé,yo creo que con la ley en mano sí por que tienes que pasar antes de que caduque la ITV anterior. De todas formas menudos cerdos los picoletos... |
01-feb-2011 13:09
#5
| la itv la tenía que haber pasado antes, pero viniendo justo de pasar la itv ... no se si es legal, pero el GC que se la puso es un poco hijodeputing |
01-feb-2011 13:16
#6
| Esto es una republica bananera, yo opino que es ilegal, alga que ibas a ir al taller a repararlo |
01-feb-2011 13:19
#7
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1.- La multa no tiene por que firmarla, es más, da igual que la firme o no, así que eso de que "no se van hasta que firme"... 2.- La multa es recurrible |
01-feb-2011 15:05
#8
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Es ilegal que te multen por tenerla caducada en el viaje de vuelta.. pero, cómo llegó el coche? Habrá que decir, que en grúa. |
01-feb-2011 16:28
#9
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Amigo Geox, creo que cuando te dan el papel para que vuelvas a llevar el coche tienes un periodo de 3 meses para hacerlo, yo entiendo que en esos 3 meses debería ser legal circular ya que la itv es quien te dá esos 3 meses mas. no te lo puedo asegurar pero consultalo preguntando por ese periodo que te dan para volver porque yo creo que es perfectamente recurrible Suerte!! |
01-feb-2011 20:33
#10
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A la ITV has de ir ANTES de que caduque, no después. Por lo tanto, multa bien puesta y nada que rascar. |
01-feb-2011 20:49
#11
| Nada que recurrir, la multa es totalmente legal, y tiene suerte de que no le inmovilizasen el vehiculo por no tener ITV. |
01-feb-2011 21:23
#12
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Le acaba de pasar a mi hermana y dudo de la legalidad de la multa....
Sucedido en Mallorca hoy.... Tenia la itv caducada desde dic, pues ha estado de exs en la uni. Hoy va a pasarla tras acabar hoy el ultimo ex y le "pasa" pero con defectos y que tiene que arreglarlos y volver a ir a que vean que ha arreglado los desperfectos, le dan el tipico papel de que el coche puede circular pero solo a los talleres y a la ITV Sale de la ITV y a 50m control de los picoletos, y le paran al tener matricula de BI (tipico....), le dicen que como no ha pasado la ITV, multa y mi hermana enseñando los papeles que acaba de pasarla pero tiene fallos... y el picoleto que se la suda, que multa de de 200 €. Le dice que firme la multa, mi hermana que no, y el picoleto que si no la firma, de alli no se mueve ni ella ni el coche, ya medio a gritos todo. Firma, y se va y me llama llorando y me cuenta esta historia... La pregunta es lo de siempre... ¿es legal esta multa? Gracias compis. |
01-feb-2011 21:25
#13
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Le acaba de pasar a mi hermana y dudo de la legalidad de la multa....
Sucedido en Mallorca hoy.... Tenia la itv caducada desde dic, pues ha estado de exs en la uni. Hoy va a pasarla tras acabar hoy el ultimo ex y le "pasa" pero con defectos y que tiene que arreglarlos y volver a ir a que vean que ha arreglado los desperfectos, le dan el tipico papel de que el coche puede circular pero solo a los talleres y a la ITV Sale de la ITV y a 50m control de los picoletos, y le paran al tener matricula de BI (tipico....), le dicen que como no ha pasado la ITV, multa y mi hermana enseñando los papeles que acaba de pasarla pero tiene fallos... y el picoleto que se la suda, que multa de de 200 €. Le dice que firme la multa, mi hermana que no, y el picoleto que si no la firma, de alli no se mueve ni ella ni el coche, ya medio a gritos todo. Firma, y se va y me llama llorando y me cuenta esta historia... La pregunta es lo de siempre... ¿es legal esta multa? Gracias compis. (De buen rollo lo digo). La multa no se la han puesto por pasar la ITV tarde sino por DEFICIENCIAS GRAVES sin solucionar.
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01-feb-2011 21:45
#14
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Creo que el que no has leído has sido tú, no dice en ningún momento que sean graves... Si el vehiculo presenta fallos que la ITV considere leves puede circular sin problema hasta taller, si son graves le retienen la documentación y el vehiculo debe salir de la ITV en grúa porque si te paran los Guardias te pedirán la documentación y al no tenerla te multarán.... Sobre lo de firmar la multa eso no es obligatorio y un Guardia no te puede retener el vehículo por no firmar una multa, al firmar está deacuerdo por el hecho denunciado, puede recurrirla igualmente demostrando con fechas y horas del papel de la ITV y con la copia de la multa, de que el vehiculo circulaba a taller para subsanar los fallos de la ITV. No sé, creo que algo falta en lo que cuentas amigo, el Guardia no se puede poner así por eso porque él sabe de sobra que las multas se firman si el denunciado quiere.... |
01-feb-2011 21:55
#15
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Creo que el que no has leído has sido tú, no dice en ningún momento que sean graves...
Si el vehiculo presenta fallos que la ITV considere leves puede circular sin problema hasta taller, si son graves le retienen la documentación y el vehiculo debe salir de la ITV en grúa porque si te paran los Guardias te pedirán la documentación y al no tenerla te multarán.... Sobre lo de firmar la multa eso no es obligatorio y un Guardia no te puede retener el vehículo por no firmar una multa, al firmar está deacuerdo por el hecho denunciado, puede recurrirla igualmente demostrando con fechas y horas del papel de la ITV y con la copia de la multa, de que el vehiculo circulaba a taller para subsanar los fallos de la ITV. No sé, creo que algo falta en lo que cuentas amigo, el Guardia no se puede poner así por eso porque él sabe de sobra que las multas se firman si el denunciado quiere.... Le acaba de pasar a mi hermana y dudo de la legalidad de la multa....
Sucedido en Mallorca hoy.... Tenia la itv caducada desde dic, pues ha estado de exs en la uni. Hoy va a pasarla tras acabar hoy el ultimo ex y le "pasa" pero con defectos y que tiene que arreglarlos y volver a ir a que vean que ha arreglado los desperfectos, le dan el tipico papel de que el coche puede circular pero solo a los talleres y a la ITV Sale de la ITV y a 50m control de los picoletos, y le paran al tener matricula de BI (tipico....), le dicen que como no ha pasado la ITV, multa y mi hermana enseñando los papeles que acaba de pasarla pero tiene fallos... y el picoleto que se la suda, que multa de de 200 €. Le dice que firme la multa, mi hermana que no, y el picoleto que si no la firma, de alli no se mueve ni ella ni el coche, ya medio a gritos todo. Firma, y se va y me llama llorando y me cuenta esta historia... La pregunta es lo de siempre... ¿es legal esta multa? Gracias compis. En la ITV hay cuatro supuestos: SIN DEFICIENCIAS: La ITV se SUPERA sin problemas DEFICIENCIAS LEVES: La ITV se SUPERA y te "instan" a que arregles dichas deficiencias. Puedes circular con normalidad y sin problemas DEFICIENCIAS GRAVES: La ITV NO SE SUPERA y solo te autorizan a desplazar, por tus propios medios, el coche a un taller y arreglar las deficiencias DEFICIENCIAS MUY GRAVES: La ITV NO SE SUPERA y el vehículo no puede circular por la via pública, por lo que tiene que ser desplazado al taller mediante medios ajenos a él mismo. De todos estos supuestos el único que cumple con la descripción dada por el autor del hilo es el de DEFICIENCIAS GRAVES. El mismo dice explícitamente que le dieron un papel que le autorizaba a circular solo hasta el taller donde reparar la avería. Y de cualquier forma, si hubiera tenido faltas leves la ITV ya está pasada y NO TE PUEDEN MULTAR PORQUE YA LA HAS PASADO. |
02-feb-2011 00:44
#16
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Gracias a todos por las respuestas. Entonces, al tener deficiencias graves, el legal circular con el vehiculo al taller para repararlas, no?? |
Editado: 02-feb-2011 01:24 -
02-feb-2011 00:47
#17
| teoricamente si, pero no se si es partiendo de la base de que la itv este en vigor en el momento de pasarla o no, ya que normalmente el coche en caso de no tenerla, lo tienes que llevar en grua |
02-feb-2011 04:12
#18
| si puede demostrar que venia del taller la puede recurrir, lo que ahora con la crisis los recursos no hacen ni caso. |
02-feb-2011 11:56
#19
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La multa se considera notificada la cojas o no y si no la coges pierdes el derecho al posible recurso, por lo que es una tontería no recogerla. Eso lo debería de saber el guardia, ya que si no la coges pone; se niega a cogerla, con lo cual se considera notificada y no tiene que empeñarse en que la cojas porque es un derecho tuyo y no una obligación. Cuando le ponen la multa, el coche ya ha pasado la ITV, por lo que no es sancionable el retraso en pasarla. Evidentemente, si el control está a 50 m de la ITV y se trata del mismo día y momento en que acabas de pasar la ITV, tú te dirigías al taller, tal como establece el mandato de la ITV. Lo ocurrido constituye un delito de "prevaricación", delimitado en el código penal y que consiste en dictar a sabiendas una resolución injusta o con ignorancia inexcusable de la Ley por un funcionario en el ejercicio de sus deberes. Recurre en este sentido y no dudes de que lo ganarás. No olvides mencionar el posible deliito de prevaricación, pues en caso de que lo denunciases y si hubiera condena para el Guardia Civil, sería un delito muy grave para un funcionario. A mi juicio lo tienes ganado y la Guardia Civil suele mirarse los recursos. |
02-feb-2011 20:37
#20
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Uno tiene que pedir cita con la suficiente antelación como para que si surge un imprevisto, que no puedas ir, que tengas que volver a una segunda revisión, etc, no te pille el toro. Es lo que hay. |
02-feb-2011 20:41
#21
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GRACIAS A TODOS Procederemos con la alegacion y nos estamos hasta planteando una denuncia contra el guardia civil por prevaricación. Informare dentro de unos meses cuando vengan los recursos, alegaciones, escritos,.... |
03-feb-2011 13:28
#22
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La multa se considera notificada la cojas o no y si no la coges pierdes el derecho al posible recurso, por lo que es una tontería no recogerla.
Eso lo debería de saber el guardia, ya que si no la coges pone; se niega a cogerla, con lo cual se considera notificada y no tiene que empeñarse en que la cojas porque es un derecho tuyo y no una obligación. Cuando le ponen la multa, el coche ya ha pasado la ITV, por lo que no es sancionable el retraso en pasarla. Evidentemente, si el control está a 50 m de la ITV y se trata del mismo día y momento en que acabas de pasar la ITV, tú te dirigías al taller, tal como establece el mandato de la ITV. Lo ocurrido constituye un delito de "prevaricación", delimitado en el código penal y que consiste en dictar a sabiendas una resolución injusta o con ignorancia inexcusable de la Ley por un funcionario en el ejercicio de sus deberes. Recurre en este sentido y no dudes de que lo ganarás. No olvides mencionar el posible deliito de prevaricación, pues en caso de que lo denunciases y si hubiera condena para el Guardia Civil, sería un delito muy grave para un funcionario. A mi juicio lo tienes ganado y la Guardia Civil suele mirarse los recursos. Y en caso de firmarla no quiere decir que esté conforme con la multa, asi que puede recurrir perfectamente. |
03-feb-2011 13:31
#23
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Mientras te encuentres dentro del periodo de validez de la anterior ITV sí, pero si la has apurado al último día y ahora la segunda está fuera de plazo, te arriesgas a una multa. Que es lo que te ha pasado.
Uno tiene que pedir cita con la suficiente antelación como para que si surge un imprevisto, que no puedas ir, que tengas que volver a una segunda revisión, etc, no te pille el toro. Es lo que hay. |
03-feb-2011 15:09
#24
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La multa se considera notificada la cojas o no y si no la coges pierdes el derecho al posible recurso, por lo que es una tontería no recogerla.
Eso lo debería de saber el guardia, ya que si no la coges pone; se niega a cogerla, con lo cual se considera notificada y no tiene que empeñarse en que la cojas porque es un derecho tuyo y no una obligación. Cuando le ponen la multa, el coche ya ha pasado la ITV, por lo que no es sancionable el retraso en pasarla. Evidentemente, si el control está a 50 m de la ITV y se trata del mismo día y momento en que acabas de pasar la ITV, tú te dirigías al taller, tal como establece el mandato de la ITV. Lo ocurrido constituye un delito de "prevaricación", delimitado en el código penal y que consiste en dictar a sabiendas una resolución injusta o con ignorancia inexcusable de la Ley por un funcionario en el ejercicio de sus deberes. Recurre en este sentido y no dudes de que lo ganarás. No olvides mencionar el posible deliito de prevaricación, pues en caso de que lo denunciases y si hubiera condena para el Guardia Civil, sería un delito muy grave para un funcionario. A mi juicio lo tienes ganado y la Guardia Civil suele mirarse los recursos. |
03-feb-2011 22:19
#25
| A que ITV fue? Palma I (Poligono de Son Castelló), Palma II (Can Pastilla), Inca o Manacor? Donde estaba el control exactamente? |
08-feb-2011 12:40
#26
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Yo tengo dos experiencias cercanas. 1ª A mi hermano le tiran en la ITV y le dicen que solo puede circular de la ITV al taller para arreglar el vehículo (defecto grave, tubo de escape roto). Le para la guardia civil y multa al canto. Recurre, alegando que ya había reparado el desperfecto presentando la factura con fecha anterior a la multa, después pasa la ITV y la multa no llega a casa. 2ª Me tiran en la ITV, defectos leves, me dan dos meses para subsanarlos, vuelvo a los dos meses, paso la ITV y solucionado. |
01-mar-2016 11:37
#27
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Se que es un reflote de narices, pero leo tantas cosas desacertadas en este hilo, del que por cierto no veo que @Geox nos cuente en qué quedó, que en cierto modo me veo como "obligado" a escribir. Como bien han puesto más arriba,hay cuatro supuestos de resultado de la ITV: 1.- Inspección favorable. 2.- Inspección favorable con deficiencias leves. 3.- Inspección desfavorable con defectos graves. 4.- Inspección desfavorable con defectos muy graves. Veamos cómo se "come" cada una. 1.- Te ponen sello de favorable, y fecha de nueva inspección en el plazo reglamentario. Te puedes olvidar hasta entonces. 2.- Esta tiene varias lecturas. En principio, te sellan como favorable y te recomiendan reparar los defectos, pero puedes circular con normalidad. Ojo, no te puedes olvidar hasta entonces. Hay que reparar esas deficiencias y aunque en teoría en la inspección del siguiente año no afecta, la realidad es que si alguien se toma la molestia de comprobar que ese defecto ya existía el año anterior y no se ha reparado, te podrían rechazar. Igualmente, aunque tengamos la inspección favorable, los agentes de Tráfico podrían sancionarnos por esas deficiencias 3.- En este caso, nos autorizan para circular como máximo durante los próximos 15 días pero sólo para ir al taller a reparar. En la práctica, todo el mundo circula con normalidad porque siempre puedes decir que vas al taller en ese momento. El problema es que sean las cuatro de la madrugada o un domingo. Ojo, se puede circular durante esos 15 días, tras este plazo, disponemos de hasta dos meses para volver a la inspección pero desde el día 16 hasta la conclusión del segundo mes, si nos cogen circulando, estamos expuestos a sanción y atención, la sanción por circular con una ITV rechazada, no son los 200 euros de tenerla caducada, son 500 euros. Hasta los dos meses la segunda inspección es gratutita y sólo se revisa el defecto motivo del rechazo, pero a partir de ahí, hay que abonar tasas, la inspección es completa y en caso de no presentarse a ella, la inspección podrá proponer la baja del vehículo, hecho que Tráfico comunicará al interesado. 4.- En tal caso, el vehículo no está autorizado a circular. Se tiene que solicitar la presencia de una grúa para retirar el vehículo de la estación y llevarlo a un taller, así como para volver a llevarlo a la inspección una vez reparado. En este caso no hay más plazo que el de dos meses para inspeccionar esos defectos o ya una revisión completa con pago de tasas y con el riesgo de la propuesta de baja. En esta situación no hay peros que valgan. Si el vehículo pisa la vía pública, la sanción de 500 euros es indiscutible. |
05-mar-2016 23:05
#28
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Se que es un reflote de narices, pero leo tantas cosas desacertadas en este hilo, del que por cierto no veo que @Geox nos cuente en qué quedó, que en cierto modo me veo como "obligado" a escribir.
Como bien han puesto más arriba,hay cuatro supuestos de resultado de la ITV: 1.- Inspección favorable. 2.- Inspección favorable con deficiencias leves. 3.- Inspección desfavorable con defectos graves. 4.- Inspección desfavorable con defectos muy graves. Veamos cómo se "come" cada una. 1.- Te ponen sello de favorable, y fecha de nueva inspección en el plazo reglamentario. Te puedes olvidar hasta entonces. 2.- Esta tiene varias lecturas. En principio, te sellan como favorable y te recomiendan reparar los defectos, pero puedes circular con normalidad. Ojo, no te puedes olvidar hasta entonces. Hay que reparar esas deficiencias y aunque en teoría en la inspección del siguiente año no afecta, la realidad es que si alguien se toma la molestia de comprobar que ese defecto ya existía el año anterior y no se ha reparado, te podrían rechazar. Igualmente, aunque tengamos la inspección favorable, los agentes de Tráfico podrían sancionarnos por esas deficiencias 3.- En este caso, nos autorizan para circular como máximo durante los próximos 15 días pero sólo para ir al taller a reparar. En la práctica, todo el mundo circula con normalidad porque siempre puedes decir que vas al taller en ese momento. El problema es que sean las cuatro de la madrugada o un domingo. Ojo, se puede circular durante esos 15 días, tras este plazo, disponemos de hasta dos meses para volver a la inspección pero desde el día 16 hasta la conclusión del segundo mes, si nos cogen circulando, estamos expuestos a sanción y atención, la sanción por circular con una ITV rechazada, no son los 200 euros de tenerla caducada, son 500 euros. Hasta los dos meses la segunda inspección es gratutita y sólo se revisa el defecto motivo del rechazo, pero a partir de ahí, hay que abonar tasas, la inspección es completa y en caso de no presentarse a ella, la inspección podrá proponer la baja del vehículo, hecho que Tráfico comunicará al interesado. 4.- En tal caso, el vehículo no está autorizado a circular. Se tiene que solicitar la presencia de una grúa para retirar el vehículo de la estación y llevarlo a un taller, así como para volver a llevarlo a la inspección una vez reparado. En este caso no hay más plazo que el de dos meses para inspeccionar esos defectos o ya una revisión completa con pago de tasas y con el riesgo de la propuesta de baja. En esta situación no hay peros que valgan. Si el vehículo pisa la vía pública, la sanción de 500 euros es indiscutible. |
05-mar-2016 23:48
#30
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Yo creo que la multa no es legal. La multa es por circular sin tener la itv pero no por no tener el coche sin la itv. Tu hermana puede haber tenido el coche en un garaje privado sin la itv sin problemas y haberlo llevado en grua a la itv, 100% legal. Luego al salir de la itv lleva el papel para subsanar los fallos asi que no deberian haberla multado. |
(De buen rollo lo digo). La multa no se la han puesto por pasar la ITV tarde sino por DEFICIENCIAS GRAVES sin solucionar.
