Recargo de equivalencia y Kiosko de playa

K4yser87
La segunda Ya tal
#1
Soy poseedor de un chiringuito o kiosko de playa, como prefirais. El tema es que al hacer las facturas con los proveedores estes me dicen si con datos o sin datos, con recargo de equivalencia o sin el. Yo no tengo ni idea, y le dije a todos con datos (paso de problemas con hacienda) pero no se lo del recargo de equivalencia, he leído que me sube el precio y que todos los minoristas deben efectuarlo, pero los proveedores me dicen que no todos lo hacen.


Os pido ayuda y consejo, que debo hacer??

Gracias.
Frigolaut
Frigonuka
#2
K4yser87
La segunda Ya tal
#3
Supongo que sabréis que es tema serio y que mierdas aquí las justas. Gracias
K4yser87
La segunda Ya tal
#4
Mañana le echaré un vistazo a ver si alguien me echa una mano
Erasmo
ForoCoches: Miembro
#5
El recargo de equivalencia debes de incluirlo si tributas bajo el sistema de módulos...que entiendo que siendo un kiosko SI tienes que pagarlo.

Si declaras por estimacion directa, no procede incluir en factura ese recargo de equivalencia.

espero haberte aclarado el tema.
K4yser87
La segunda Ya tal
#6
Cita de Erasmo
El recargo de equivalencia debes de incluirlo si tributas bajo el sistema de módulos...que entiendo que siendo un kiosko SI tienes que pagarlo.

Si declaras por estimacion directa, no procede incluir en factura ese recargo de equivalencia.

espero haberte aclarado el tema.

Gracias, yo suponía que si debía pagarlo pero algunos proveedores me dicen que muchos ni pagan eso ni las facturas las quieren con datos.

Puedes decirme porque no quieren con datos las facturas? Me recomiendas ir a una gestoria? porque no se como hacer nada, tengo que entregar las cuentas antes del 20 de julio y estoy más perdido que Marco el día de la madre
GatoIsidoro
ForoCoches: Miembro
#7
A ver si te puedo explicar un poco como va el tema.

El recargo de equivalencia, lo pagan ciertas PYMES para evitar llevar el calculo del IVA ( como sabras los productos que vendes en el kiosko de playa los vendes con "IVA")

Tu pagas un porcentaje del producto que compras a los proveedores que es el recargo de equivalencia. Y ya no te tienes que preocupar por nada mas del tema de hacienda.
ClaudioGF
ForoCoches: Miembro
#8
Te comento, el recargo de equivalencia supone pagar un IVA algo más alto del normal a cambio de no tener que presentar declaraciones de IVA a Hacienda. Tú pagas el IVA directamente a tu proveedor y con ello se simplifica mucho su gestión del IVA.

Es el proveedor del comerciante el que debe incluir el recargo de equivalencia en sus facturas, diferenciado del IVA soportado, y considerar ambas cantidades como IVA repercutido en sus declaraciones de IVA.


Los tipos aplicables en concepto de recargo de equivalencia son:
  • El 4% para los artículos que tienen un IVA al tipo general del 18%.
  • El 1% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 8%.
  • El 0,5% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 4%.
  • El 0,75% para el tabaco
La principal ventaja es que este régimen simplifica el trabajo administrativo del obligado tributario (Tú), dado que no tienes que presentar declaraciones de IVA ni realizar el trabajo administrativo que conllevan los libros de IVA y la preparación de las declaraciones.


Entre los inconvenientes, principalmente, son dos:
  • El IVA soportado, incluido el recargo de equivalencia, no se puede deducir ni recuperar. Es decir, pagas más por el producto a vender.
  • No puede deducirte el IVA de las inversiones que hagas en tu negocio.
Estás obligado a comunicar y acreditar ante sus proveedores el hecho de estar sometido al recargo de equivalencia.

Por lo que cuentas, lo lógico, es que estés sujeto al otro régimen, pero... Falta datos y no te puedo ayudar.

Muchos no lo quieren porque directamente no declaran.
K4yser87
La segunda Ya tal
#9
Pfff muchas gracias, se que os explicáis de puta madre pero soy un ceporro.

Pediré recargo de equivalencia, si así me quito de marrones...
K4yser87
La segunda Ya tal
#10
Mi chiringuito es el mítico de Frigo rojo...

K4yser87
La segunda Ya tal
#11
up
K4yser87
La segunda Ya tal
#12
up
CrGc
Brigadista Anti-Canis
#13
Las facturas sin datos supongo que será una notita en B.
HUNDO_PECHOS
ForoCoches: Miembro
#14
¿Por que método declaras, por módulos o por estimación directa?
Boogeyman
Paranoia 100% Locura 100%
#15
Facil tu al declarar le llevas todas tus facturas a un gestor o tu mismo para que te las tramiten o simplemente pagas la cuota de modulos trimestral? si es lo 2º que probablemente lo sea estar por modulos por lo tanto tienes la obligacion de pagar ese recargo de equivalencia(que lo hagas o no eso ya es otro tema xD) y lo de con datos o sin su pongo que sera lo tipico de que si los quieres en B en avion sin alcohol... asi es como lo dicen ellos xD

PD: eso si si alguna vez te mandan productos "sin datos" como ellos te han dicho vamos que no es una factura reglamentaria que no te vayan a cobrar el iva por que se lo estarian ganando ellos y tu si lo estarias pagando
mojitotokiota
ForoCoches: Miembro
#16
Cita de K4yser87
Gracias, yo suponía que si debía pagarlo pero algunos proveedores me dicen que muchos ni pagan eso ni las facturas las quieren con datos.

Puedes decirme porque no quieren con datos las facturas? Me recomiendas ir a una gestoria? porque no se como hacer nada, tengo que entregar las cuentas antes del 20 de julio y estoy más perdido que Marco el día de la madre

Lo suyo seria mirarlo en una gestoria que vas un poco justo de tiempo y para otro año mirarlo mas tranquilo...ademas, no te cobran mucho por un tramite de ese tipo..
K4yser87
La segunda Ya tal
#17
Gracias a todos
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