Duda IRPF autónomo

neumaticos 10
Huele a goma quemada
#1
Soy autónomo desde hace 6 meses, y los dos primeros años, como "ventaja" puedo tener el IRPF al 9 por ciento.

Pero me he enterado que esto lo que hace es que cuando haga la declaración de la renta voy a tener que pagar bastante.


Entonces, ¿la ventaja no es tal ventaja?

¿No debo esperar más a subírmelo al 25 por ciento?


Tengo dudas con esto. Gracias.
neumaticos 10
Huele a goma quemada
#2
Cita de Mancastle
¿será la retención lo que tienes al 9%?
Claro, el IRPF de las facturas, al 9 por ciento. Supuestamente eso te lo dejan hacer como "ventaja" los dos primeros años de ser autónomo...
Kubic
FURGO LOVER
#3
Que yo sepa el cliente debe retenerte y pagar a Hacienda por ti el 1% de la factura...
neumaticos 10
Huele a goma quemada
#4
Cita de Mancastle
¿será la retención a cuenta lo que tienes al 9%?

En cada factura que hagas, debes aplicar una retención a cuenta del IRPF, que el cliente debe pagar a hacienda en lugar de a tí.

Cuando hagas la declaración, en función de tu beneficio, se calcula cuantos impuestos debes pagar y cuando has pagado ya por las retenciones, y se te devuelve o tienes que pagar. Si retienes muy poco (el 9%), te saldrá a pagar. Si retienes mucho (el 21% es lo normal) te suele salir a devolver.

Los primeros meses se te permite retener menos, para darte más margen economico al principio de la actividad, pero lo que no retengas ahora te tocará abonarlo cuando presente la declaración.
Sí, a eso me refiero, siento si me he expresado mal.

Entonces, es mejor que cuanto antes me lo suba al 21 por ciento?

Porque prefiero que me quiten mes a mes al palo final...


Para subirlo al 21 por ciento debo de notificarlo a Hacienda?

Gracias.
neumaticos 10
Huele a goma quemada
#5
Cita de Mancastle
Ya lo que tu veas, si prefieres contar con más margen ahora pero luego que te claven o al contrario. No sé si tienes que notificarlo en algun sitio o con emitir las proximas facturas con un 21% de retencion es suficiente. Siento no poder ayudarte más, a mi me lo lleva una gestoría.
Muchas gracias.

Como tengo que pasarme por Hacienda para el IRPF lo preguntaré allí.

capt.jack
ForoCoches: Miembro
#6
Hola!

En caso de ser facturas para empresas, ¿es correcta la retención del 9% para que la empresa pague eso en concepto de IRPF + el 11% que pago yo en la declaración de IRPF?

Y otra cosa, no sé en vuestras declaraciones pero en el modelo 130 que saqué yo de Internet aparece "20 por ciento de la casilla [...]"
celeste27
ForoCoches: Miembro
#7
Cita de capt.jack
Hola!

En caso de ser facturas para empresas, ¿es correcta la retención del 9% para que la empresa pague eso en concepto de IRPF + el 11% que pago yo en la declaración de IRPF?

Y otra cosa, no sé en vuestras declaraciones pero en el modelo 130 que saqué yo de Internet aparece "20 por ciento de la casilla [...]"
Miedo me das..

Si, con justificante...

Normal en el 130 Casilla 4..

retención del 9% Casilla 6..las aplicadas en tus facturas a empresas obligadas a retener, se restan de la casilla 4.

Siempre vas a pagar el 20%..por retenciones, ( en tu caso Mod-130)...apliques o no la retencion en tus facturas a terceros..( el mod-130..las regulariza y las resta)

El mod-130, es el tuyo..céntrate en ese..que es diferente al resto...unos están obligados otros no..

Incluye cámara de comercio y contabilidad sellada...OJO con esto ultimo..

---------------------------------------

Al Autor....

A unos se les retiene un 1% un 9% un 20%..o un 21%..depende de otros factores donde este encuadro por alta ,actividad empresarial,profesional,estimación directa-simple-módulos etc ....y es FIJO no se cambia....

Lo que tienes que hacer es concienciarte de que si te dan la oportunidad de poder aplicarte un 9%..( sabiendo que al final vas a pagar lo mismo en IRPF, la diferencia es antes o después..el importe es el mismo)..es sacarle rendimiento a la diferencia que no estas obligado a entregar con un año de antelación en trimestres sucesivos hasta regularizar....siendo hacienda la que se beneficia de esos intereses por adelantado....que es lo que sucede con las declaraciones a devolver..

La renta a pagar, siempre a pagar(60%-40%)....nunca a devolver..la cuota es la misma..si te devuelve.. es porque te ha pegado el palo por anticipado...(sin variación personal/familiar)

















capt.jack
ForoCoches: Miembro
#8
Cita de celeste27
Miedo me das..

Si, con justificante...

Normal en el 130 Casilla 4..

retención del 9% Casilla 6..las aplicadas en tus facturas a empresas obligadas a retener, se restan de la casilla 4.

Siempre vas a pagar el 20%..por retenciones, ( en tu caso Mod-130)...apliques o no la retencion en tus facturas a terceros..( el mod-130..las regulariza y las resta)

El mod-130, es el tuyo..céntrate en ese..que es diferente al resto...unos están obligados otros no..

Incluye cámara de comercio y contabilidad sellada...OJO con esto ultimo..

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Al Autor....

A unos se les retiene un 1% un 9% un 20%..o un 21%..depende de otros factores donde este encuadro por alta ,actividad empresarial,profesional,estimación directa-simple-módulos etc ....y es FIJO no se cambia....

Lo que tienes que hacer es concienciarte de que si te dan la oportunidad de poder aplicarte un 9%..( sabiendo que al final vas a pagar lo mismo en IRPF, la diferencia es antes o después..el importe es el mismo)..es sacarle rendimiento a la diferencia que no estas obligado a entregar con un año de antelación en trimestres sucesivos hasta regularizar....siendo hacienda la que se beneficia de esos intereses por adelantado....que es lo que sucede con las declaraciones a devolver..

La renta a pagar, siempre a pagar(60%-40%)....nunca a devolver..la cuota es la misma..si te devuelve.. es porque te ha pegado el palo por anticipado...(sin variación personal/familiar
Qué haría yo sin ti!
neumaticos 10
Huele a goma quemada
#9
Cita de celeste27
Miedo me das..

Si, con justificante...

Normal en el 130 Casilla 4..

retención del 9% Casilla 6..las aplicadas en tus facturas a empresas obligadas a retener, se restan de la casilla 4.

Siempre vas a pagar el 20%..por retenciones, ( en tu caso Mod-130)...apliques o no la retencion en tus facturas a terceros..( el mod-130..las regulariza y las resta)

El mod-130, es el tuyo..céntrate en ese..que es diferente al resto...unos están obligados otros no..

Incluye cámara de comercio y contabilidad sellada...OJO con esto ultimo..

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Al Autor....

A unos se les retiene un 1% un 9% un 20%..o un 21%..depende de otros factores donde este encuadro por alta ,actividad empresarial,profesional,estimación directa-simple-módulos etc ....y es FIJO no se cambia....

Lo que tienes que hacer es concienciarte de que si te dan la oportunidad de poder aplicarte un 9%..( sabiendo que al final vas a pagar lo mismo en IRPF, la diferencia es antes o después..el importe es el mismo)..es sacarle rendimiento a la diferencia que no estas obligado a entregar con un año de antelación en trimestres sucesivos hasta regularizar....siendo hacienda la que se beneficia de esos intereses por adelantado....que es lo que sucede con las declaraciones a devolver..

La renta a pagar, siempre a pagar(60%-40%)....nunca a devolver..la cuota es la misma..si te devuelve.. es porque te ha pegado el palo por anticipado...(sin variación personal/familiar)


















Gracias por tu punto de vista. Entonces me aconsejasa que siga al 9 por ciento estos dos primeros años que me lo permiten??
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