¿Puedo hacer una factura exporádica sin ser autónomo?
18-abr-2011 00:44
#1
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Hola forer@s. Puede que este tema ya se haya tratado...no lo sé. Os comento mi caso, estoy en paro (por desgracia...) y a raíz de un anuncio sobre creación de webs para empresas que puse en mi plataforma de anuncios, me ha contactado una empresa para que le realice la web corporativa. Hasta aquí estupendo, pero me exigen factura...claro que tengo algún amigo que me la puede hacer pero ya es meter en compromiso a la gente. ¿Puedo hacer una factura sin ser autónomo? unas aclaraciones: no vivo de esta actividad, no es continuada, no me van a contratar ni una hora, ni por obra y servicio, básicamente ellos quieren la web, les paso la factura y me pagan, no quieren líos. Ya sé, que trabajar en negro no genera riqueza al país, que está mal, que hay autónomos que están pagando sus impuestos y partiéndose el lomo pero yo también me parto el lomo buscando una oportunidad y con la miseria del paro voy ahogado, este encargo me da un pequeño respiro un par de meses y no me puedo permitir el lujo de perderlo. Un saludo |
18-abr-2011 00:48
#2
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Me paso algo parecido, y al final tras buscar por google y preguntar a mucha gente... no se puede. Lo unico que puedes hacer es darte de alta como autonomo un mes, y pagar los 200 y pico de € que cuesta. Pasale ese gasto tambien a la empresa que te paga y listo. |
Editado: 18-abr-2011 00:51 -
18-abr-2011 00:54
#3
| Puff pues estoy jodido...el problema no es eso, es el paro...darme de alta y baja de autónomos me va a dar más problemas que beneficios...si me salieran trabajos así de continuo, ya tendría mi empresa...pero para uno o dos al año, no merece la pena. |
18-abr-2011 00:56
#4
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Llegué a leer por algún lado que en cierto modo si que se podia si no pasabe de cierta cantidad, usando tu DNI como "cif". De hecho decian que cobrando a través de Paypal podías sacar la factura que te hace Paypal a nombre de quien paga... Pero no estoy seguro. |
18-abr-2011 00:58
#5
| Yo fui a enterarme a la seguridad social y si tal y como has dicho es una actividad esporádica no continuada, etc y no llegas a facturar 1500 euros al año si que puedes hacer factura. Con tu DNI, tendrás que hacer todo el tema del IVA eso sí |
18-abr-2011 08:06
#6
| No se puede! Busca algun autonomo que te haga la factura, le das un % y ya esta; ten en cuenta q luego le van a cobrar ese beneficio en el irpf |
18-abr-2011 08:49
#7
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Para no tener problemas y facturar aunque sea puntual.Autónomos. Eso es lo que te dirá la tesoreria de SS si le comentas tu caso, independientemente de lo que hacienda te diga. Sin autónomos, tendras que incluirlo en la declaración de la renta, epigrafe 036 creo, posiblemente es lo que te comentara hacienda, si le preguntas tu caso. Pero el principal problema es que estas cobrando paro y eso no te lo perdona ni hacienda, ni la SS. Comentas lo de tu amigo, problemas, puede que la empresa, no te acepte una factura que no corresponda con el titular del presupuesto, y menos sabiendo que en caso de tener que reclamar, no es la persona o empresa que realizó el trabajo, a parte que tu amigo adquiere la responsabilidad por algo que no ha realizdo y su correspondiente incremento en IRPF. |
18-abr-2011 09:41
#8
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No confundais al chaval. Si se puedr siempre y cuando el conjunto de tu facturacion esporadica anual sea inferior a 1500 euros como ya te dijo un forero. Hay que declarar el iva e incluirlo en la renta del año que viene. Lo unico ue no tengo claro es si te quitarian el paro. Pasatr por hacienda y por el inem y haz la consulta. |
18-abr-2011 16:57
#9
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No confundais al chaval.
Si se puedr siempre y cuando el conjunto de tu facturacion esporadica anual sea inferior a 1500 euros como ya te dijo un forero. Hay que declarar el iva e incluirlo en la renta del año que viene. Lo unico ue no tengo claro es si te quitarian el paro. Pasatr por hacienda y por el inem y haz la consulta. Mañana os comento lo que me digan por la mañana hacienda y ss. Mil gracias a todos! |
18-abr-2011 18:55
#10
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Esto de las facturas sin ser autónomo o empresa parece ser como que los chinos están exentos de impuestos por un cierto periodo de tiempo; todo el mundo habla y afirma.
Si alguien lo sabe, ¿tan difícil es decir en que norma o ley está escrito en uno u otro sentido?, vamos, lo que se llama fundamentos de derecho. La diferencia es que, sobre esto, si que he encontrado informacion. Si NO es tu fuente principal de ingresos, si que se puede facturar. Como se determina que sea tu fuente principal? Que no sea una actividad continuada y que, por ejemplo, no supere el SMI mensual. Asi esta la cosa... |
18-abr-2011 22:54
#11
| Creo que el único problema que podría tener el forero es por el tema del paro. |
22-abr-2011 19:48
#13
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Chic@s perdón por el retraso...las fiestas tienen la culpa jeje Pues fui a Hacienda y la Tesorería de la Seguridad social de mi ciudad. Esto fue lo que me dijeron (o lo que yo entendí jeje): En Hacienda, les comenté mi caso y me dijeron que no hay problema, me doy de alta en el módulo de mi actividad (es gratis), declaro y pago mi IVA y además a los beneficios que obtenga tengo que aplicarle una retención, para evitar tener que pagar en la declaración de la renta, ya que consideran que tengo dos pagadores (el paro y lo que saque por mi cuenta...) esto por 4 perras te lo lleva un asesor. En la Seguridad Social, aquí cambia el asunto...como en Hacienda, planteo mi caso, el señor "Funcionario" que me atendió se le quedo una cara de..."NO TENGO NI PUTA IDEA DE LO QUE ME HABLAS" y me derivó al despacho de su superior (este parecía saber algo más), tras repetirle mi caso, fue rotundo, que me tenia que dar de alta por narices como autónomo, pagar 181€ por ser menor de 30 años y por supuesto pierdo el paro. Mi cara de desolación creo que le hizo decirme antes de salir lo siguiente: "Hombre, si no facturas mensualmente mucho, y mucho es el salario interprofesional medio, no se suelen meter...pero siempre vas a tener riesgo" Mi conclusión que me facture un amigo, paso de liarla, que me pillen, que me multen y me quiten el paro. Todo esto me ha planteado una pregunta "¿Están preparadas las personas que se sientan en una silla como funcionarios? ¿Nadie hace controles de capacidades o algo?" el circo que se montó en la seguridad social me dio vergüenza ajena. Gracias a todos! |
23-abr-2011 01:21
#16
| No es broma Ariza, es lamentable que nuestra administración esté llena de gente que no tiene ni puñetera idea, que un tio que trabaja en la seguridad social no sepa contestar a una pregunta tan simple como ¿puedo hacer facturas sin ser autónomo y cobrando el paro no siendo actividad continuada?. Y el paro lleno de gente competente que debería estar sentada en esa silla...pero la vida es dura sin un padrino que te enchufe! |
23-abr-2011 17:45
#17
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No puedes hacer facturas sin ser empresa. Dejando de un lado lo del intrusismo que sufrí en mis propias carnes cuando trabajaba de forma profesional en el sector y dado que no se te ve con mala intención, te doy una posible solución, y es crear una asociación que también puedes generar facturas, pero estarás al límite de la legalidad. De todas maneras te deseo suerte, y que con el tiempo puedas hacer las cosas legalmente. |
23-abr-2011 19:54
#18
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Échale un ojo a este artículo que he rescatado de mis marcadores. Versa sobre lo que preguntas aplicado a redactores de blogs, pero supongo que será aplicable a cualquier caso siempre y cuando la actividad remunerada en cuestión no sea tu principal fuente de ingresos. Por si de algo sirve. Un saludo |
24-abr-2011 15:32
#19
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Gran articulo, hace tiempo que ya lo habia leido. Leeroslo entero, tambien los comentarios. Y tambien leeros la definicion de autonomo de la Seguridad Social. Os aclarara muchas cosas. Creo que la clave esta en que, ademas de los trabajos esporadicos, estes trabajando por cuenta ajena. Es primordial y basico. Lo malo para el forero puede ser que este cobrando el paro. No se si ahi habria alguna incompatibilidad |
24-abr-2011 16:19
#21
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Util esta info. Lo lamentable, a parte del tema de la competencia de los funcionarios, es que a este hombre le salga mas "rentable" no trabajar y segui cobrando el paro que hacer esos 1 o 2 trabajitos exporádicos que le salgan. Así va el país. |
24-abr-2011 22:43
#22
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Semejante cosa ya la pense hace unos dias, En España hay tanto dinero negro por culpa de unas regulaciones absurdas que impiden o dificultan lo que tu planteas. |
25-abr-2011 00:37
#24
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que desgracia que los funcionarios no sepan estas cosas SÍ, SÍ SE PUEDE siempre que sean menos que el salario minimo interprofesional respecto al computo anual. simplemente alta en IAE y declarado en la renta nada más |
25-abr-2011 15:16
#26
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Gran articulo, hace tiempo que ya lo habia leido.
Leeroslo entero, tambien los comentarios. Y tambien leeros la definicion de autonomo de la Seguridad Social. Os aclarara muchas cosas. Creo que la clave esta en que, ademas de los trabajos esporadicos, estes trabajando por cuenta ajena. Es primordial y basico. Lo malo para el forero puede ser que este cobrando el paro. No se si ahi habria alguna incompatibilidad |
25-abr-2011 15:40
#27
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Distinto es que fuera la renta de un alquiler o una renta por el uso de algo sin ser profesional y sin que supere cierta cantidad, que es a lo que se refiere la ley cuando se hacen facturas con iva sin ser autónomo o empresa, pero lo que tu vas a hacer es trabajar y para trabajar en España hay que estar de alta en la seguridad social. Habría que simplificar tantas cosas, pero como ningún político está por la labor. |
Editado: 25-abr-2011 15:48 -
25-abr-2011 16:12
#29
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Efectivamente, en España no se puede trabajar sin estar asegurado y si estás cobrando el paro te lo quitan como se enteren no lo dudes. Por eso según hacienda lo puedes hacer perfectamente, ellos están dispuesto a recogerte el iva y la retención, pero si te manda una carta la inspección de trabajo te van a pedir el recibo de la seguridad social del periodo donde realizaste las facturas y como no has estado dado de alta en la seguridad social te van a querer multar.
Distinto es que fuera la renta de un alquiler o una renta por el uso de algo sin ser profesional y sin que supere cierta cantidad, que es a lo que se refiere la ley cuando se hacen facturas con iva sin ser autónomo o empresa, pero lo que tu vas a hacer es trabajar y para trabajar en España hay que estar de alta en la seguridad social. Habría que simplificar tantas cosas, pero como ningún político está por la labor. -estamos en desventaja frente a otros países -pago en negro y hasta luego! Pues que penita. |
25-abr-2011 16:31
#30
| hacienda solo cruza los datos de actividades con terceros de mas de 3000 euros , si facturas menos de 3000 euros es bastante complicao que te cojan ........ |