Comprador que me dió coba. Fallo Mío
15-abr-2013 14:03
#1
|
Vendí una Atlantis50 hace un año, y el comprador me dijo que cambiaría los papeles por un gestor. Yo me tuve que ir fuera a trabajar, y ahora cuandio vuelvo veio q me llega el recibo del ayuntamiento. Llamo al comprador y me dice q la moto se gripó al mes y la dió de baja. Pregunto en tráfico y la moto sigue a mi nombre, ni baja. No tengo ni los papeles, claro, y ahora que coñio hago? Torpeza mía por fiarme. Pero tampoco tenía mas tiempo. |
15-abr-2013 14:29
#3
|
Firmaste algún tipo de contrato? Si la respuesta es negativa... "Hola, me han robado la moto" y que le den al comprador
|
15-abr-2013 16:21
#5
|
Si no hicisteisncontrato de compraventa(que me extrañaria)macho simplemente te toca joderte por hacer el guarreras. Pero como imagino que no sera el caso presentate en trafico con el contrato y expon la situacion. |
15-abr-2013 16:25
#6
| Notifica a trafico la venta de la moto (no se si tendrá efectos retroactivos) y ve a hacienda y presenta un escrito comentando el asunto a ver si te lo quitan y se lo cargan al otro. |
15-abr-2013 16:32
#7
| Vete a tráfico, y dile que la vendiste tal fecha a tal pavo. No hace falta contrato de compraventa, pero necesitas tener los datos del tío |
15-abr-2013 17:37
#9
|
El impuesto de una 50cc son 9 pavos, no vale la pena andar haciendo el indio, denuncias falsas ni bajas para meterse en un lío (haya cada espabilado dando consejos, que pa qué...). A tráfico, notificación de transmisión, y que sea el dueño el que se mueva. |
15-abr-2013 19:13
#10
| Esa es tu opinión, si no tiene copia del contrato no puede hacer la notificación de transmisión, espabilado... |
08-may-2013 09:33
#12
|
una cosa... puede dar de baja alguien un vehículo sin ser el titular de mismo... es decir, si tienes la documentación, pero tu no eres titular del mismo (no es le caso de este tema), lo puedes dar de baja? lo digo para no abrir otro tema. |
08-may-2013 09:36
#13
| No.Salvo que el titular del mismo haya fallecido o historias raras,no creo que se pueda dar de baja tan fácilmente. |
08-may-2013 09:39
#14
, la moto funciona, me la llevaría a mi casa en marcha, y luego daría de baja, sin llegar a hacer la transferencia a mi nombre.entonces tendré que pedir al dueño actual que la de de baja al día siguiente de llevarmela, a ver si quiere. |
08-may-2013 09:42
#15
|
ya veo, es que quiero comprar una moto para desguazarla
, la moto funciona, me la llevaría a mi casa en marcha, y luego daría de baja, sin llegar a hacer la transferencia a mi nombre.entonces tendré que pedir al dueño actual que la de de baja al día siguiente de llevarmela, a ver si quiere. |
08-may-2013 09:44
#16
| En las motos para dar de baja no es como en los coches? para la baja definitiva tienes que entregar el vehiculo si o si, otra cosa es darla de baja "temporal"(7€ y pico aprox) y olvidarte. |
08-may-2013 10:03
#17
|
yo entregué un Ford Sierra al desguace para baja definitiva que conservaba el chasis y la moqueta.el resto lo desmonté todo para piezas,me dieron el certificado de destrucción del vehículo y pista. |
08-may-2013 10:04
#18
|
lo único que tienes que hacer es un certificado de destrucción de un desguace pero con que entregues el chasis van que chutan.
yo entregué un Ford Sierra al desguace para baja definitiva que conservaba el chasis y la moqueta.el resto lo desmonté todo para piezas,me dieron el certificado de destrucción del vehículo y pista. |
08-may-2013 10:08
#19
|
Vendí una Atlantis50 hace un año, y el comprador me dijo que cambiaría los papeles por un gestor. Yo me tuve que ir fuera a trabajar, y ahora cuandio vuelvo veio q me llega el recibo del ayuntamiento.
Llamo al comprador y me dice q la moto se gripó al mes y la dió de baja. Pregunto en tráfico y la moto sigue a mi nombre, ni baja. No tengo ni los papeles, claro, y ahora que coñio hago? Torpeza mía por fiarme. Pero tampoco tenía mas tiempo. a mi me pasó hace medio año una cosa similar. después de hablar varias veces con el por las buenas no me hacia caso, fue decirle que iba a ir a la comisaria a denunciarle al dia siguiente y misteriosamente el mismo dia fue a una gestoria y realizó el tramite. |
08-may-2013 10:08
#20
| con que notifique la venta en tráfico y pague el impuesto de este año,los siguientes irán al nuevo propietario. |
08-may-2013 10:12
#23
|
Una pregunta semirelacionada con el tema... Se puede notificar a tráfico una venta por internet o hay que ir a la dgt por webos? |
08-may-2013 10:13
#24
| tienes que ir,ya que ellos tienen que ver el contrato físicamente,no vale escaneo. |
08-may-2013 10:18
#27
|
una cosa es facilitar los trámites y otra que sea un coladero por el cual yo notifico la venta de cualquier cosa con un photoshop de un contrato cualquiera...y ale,a vivir que son dos días. con el DNI electrónico y un lector en tu casa(vale dos duros)puedes hacer casi casi todos los trámites que quieras,pero hay cosas que por lógica tienes que ir. |
08-may-2013 10:40
#29
|
Eso se hace con los automóviles y motocicletas, y supongo que con los ciclomotores, desde que están matriculados, se podrá hacer igual. Por otra parte, no se a quien coño crees que puedes llamar espabilado cuando eres tan cafre de recomendar dar de baja un vehículo que se ha vendido a otra persona (haya o no un contrato en papel). Los documentos para notificar en la DGT una transmisión, aquí: http://www.dgt.es/portal/es/oficina_...elos_impresos/ http://www.dgt.es/was6/portal/conten...Mod_9.07-A.pdf http://www.dgt.es/portal/es/oficina_...o_titularidad/ Si has vendido o has comprado un vehículo ya matriculado, recuerda que debes efectuar el cambio de titularidad del vehículo en el Registro de la Dirección General de Tráfico. En los próximos pasos te explicaremos como debes actuar y que trámites debes hacer. Si vendes tu vehículo recuerda siempre los siguientes consejos: a) Nunca entregues el vehículo sin tener en tus manos el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas). Si es un compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad. b) Indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre .Si no has recibido este documento en el plazo de 15 días, dirígete a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo (trámite de notificación de venta). Si has comprado un vehículo, debes inscribir éste a tu nombre en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. a) Si has adquirido el vehículo en un compraventa, es éste el que normalmente se encargará de efectuar la gestión, haciéndote entrega de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre. b) Si has adquirido el vehículo a un particular, recuerda que debes quedarte con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite), (trámite de transmisión del vehículo). A continuación debes efectuar los siguientes pasos: 1.- Abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) ante Hacienda de tu Comunidad Autónoma, aportando toda la documentación anterior. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Illes Balears, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal. 2.- Dirígete a cualquiera de estas tres Jefaturas de Tráfico: la de tu domicilio, la del domicilio del vendedor o la de la provincia de matriculación del vehículo. 3.- Abonar las tasas y aportar toda la documentación necesaria para efectuar el trámite (nota informativa de la documentación). |
08-may-2013 10:44
#30
|
Una notificación de transmisión no es lo mismo que una transferencia.
Eso se hace con los automóviles y motocicletas, y supongo que con los ciclomotores, desde que están matriculados, se podrá hacer igual. Por otra parte, no se a quien coño crees que puedes llamar espabilado cuando eres tan cafre de recomendar dar de baja un vehículo que se ha vendido a otra persona (haya o no un contrato en papel). Los documentos para notificar en la DGT una transmisión, aquí: http://www.dgt.es/portal/es/oficina_...elos_impresos/ http://www.dgt.es/was6/portal/conten...Mod_9.07-A.pdf http://www.dgt.es/portal/es/oficina_...o_titularidad/ Si has vendido o has comprado un vehículo ya matriculado, recuerda que debes efectuar el cambio de titularidad del vehículo en el Registro de la Dirección General de Tráfico. En los próximos pasos te explicaremos como debes actuar y que trámites debes hacer. Si vendes tu vehículo recuerda siempre los siguientes consejos: a) Nunca entregues el vehículo sin tener en tus manos el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas). Si es un compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad. b) Indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre .Si no has recibido este documento en el plazo de 15 días, dirígete a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo (trámite de notificación de venta). Si has comprado un vehículo, debes inscribir éste a tu nombre en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. a) Si has adquirido el vehículo en un compraventa, es éste el que normalmente se encargará de efectuar la gestión, haciéndote entrega de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre. b) Si has adquirido el vehículo a un particular, recuerda que debes quedarte con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite), (trámite de transmisión del vehículo). A continuación debes efectuar los siguientes pasos: 1.- Abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) ante Hacienda de tu Comunidad Autónoma, aportando toda la documentación anterior. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Illes Balears, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal. 2.- Dirígete a cualquiera de estas tres Jefaturas de Tráfico: la de tu domicilio, la del domicilio del vendedor o la de la provincia de matriculación del vehículo. 3.- Abonar las tasas y aportar toda la documentación necesaria para efectuar el trámite (nota informativa de la documentación). http://www.dgt.es/was6/portal/conten...s/transveh.pdf Documento acreditativo de la transmisión en que conste el DNI, CIF o NIE del adquirente (contrato, factura en el caso de personas jurídicas, recibo, etc.) |
