subastas judiciale (tema serio)
13-ene-2017 23:45
#1
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entiendo (corregidme si me equivoco) que las subastas judiciales es cuando no se ha podido vender un bien por la manera normal. En ete hilo nos referimos al de vivienda, aunque podeis tambien aportar casos de subasta judicial de otros objetos. ¿como son dichas subastas? ¿puede ir todo el mundo? ¿el precio de venta suele acercarse al precio que tendra en el mercado? Comentad cualquier cosa que conozcais muchas gracias |
14-ene-2017 00:48
#4
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Las subastas de viviendas se hacen cuando no hay acuerdo de venta por ejemplo en un divorcio o en el caso de un embargo, aunque también por jurisdicción voluntaria se pueden tramitar subastas voluntarias. Son todas online, desde hace tiempo para evitar a los especuladores y chanchulleros. Aquí tienes el portal: https://subastas.boe.es/ Por comentar algo mas, desde el momento que sale a subasta el bien, ésta dura 20 días, ampliable por 24 horas mas si sigue habiendo pujadores. Y para poder pujar, tienes que consignar el 5% del valor del bien. Vamos, que si pujas por una casa que vale 100.000 euros, para entrar en la subasta tienes que depositar 5.000 euros. Esto no es ebay. El precio de venta viene a ser el de tasación, y dependiendo de cuanto se alcance, puede llegar a venderse por hasta el 50% del precio de tasación, al menos en viviendas. |
Editado: 14-ene-2017 00:56 -
14-ene-2017 00:57
#6
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Las subastas de viviendas se hacen cuando no hay acuerdo de venta por ejemplo en un divorcio o en el caso de un embargo, aunque también por jurisdicción voluntaria se pueden tramitar subastas voluntarias.
Son todas online, desde hace tiempo para evitar a los especuladores y chanchulleros. Aquí tienes el portal: https://subastas.boe.es/ Por comentar algo mas, desde el momento que sale a subasta el bien, ésta dura 20 días, ampliable por 24 horas mas si sigue habiendo pujadores. Y para poder pujar, tienes que consignar el 5% del valor del bien. Vamos, que si pujas por una casa que vale 100.000 euros, para entrar en la subasta tienes que depositar 5.000 euros. Esto no es ebay. El precio de venta viene a ser el de tasación, y dependiendo de cuanto se alcance, puede llegar a venderse por hasta el 50% del precio de tasación, al menos en viviendas. |
14-ene-2017 00:58
#7
| Cuando acaba la subasta, el deposito se devuelve, aunque tienes la opción de mantenerlo por si el que ganó se echa atrás y se tira de pujas inferiores, pero si, claro, se devuelve. |
14-ene-2017 10:27
#8
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Las subastas de viviendas se hacen cuando no hay acuerdo de venta por ejemplo en un divorcio o en el caso de un embargo, aunque también por jurisdicción voluntaria se pueden tramitar subastas voluntarias.
Son todas online, desde hace tiempo para evitar a los especuladores y chanchulleros. Aquí tienes el portal: https://subastas.boe.es/ Por comentar algo mas, desde el momento que sale a subasta el bien, ésta dura 20 días, ampliable por 24 horas mas si sigue habiendo pujadores. Y para poder pujar, tienes que consignar el 5% del valor del bien. Vamos, que si pujas por una casa que vale 100.000 euros, para entrar en la subasta tienes que depositar 5.000 euros. Esto no es ebay. El precio de venta viene a ser el de tasación, y dependiendo de cuanto se alcance, puede llegar a venderse por hasta el 50% del precio de tasación, al menos en viviendas. |
14-ene-2017 14:55
#11
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Como manera posible de adquirir una vivienda es, pero ya digo, vas un poco a ciegas, y en muchos casos los bienes subastados tienen cargas que debes asumir también (todo aparece indicado en la web). |
14-ene-2017 15:49
#12
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Las subastas de viviendas se hacen cuando no hay acuerdo de venta por ejemplo en un divorcio o en el caso de un embargo, aunque también por jurisdicción voluntaria se pueden tramitar subastas voluntarias.
Son todas online, desde hace tiempo para evitar a los especuladores y chanchulleros. Aquí tienes el portal: https://subastas.boe.es/ Por comentar algo mas, desde el momento que sale a subasta el bien, ésta dura 20 días, ampliable por 24 horas mas si sigue habiendo pujadores. Y para poder pujar, tienes que consignar el 5% del valor del bien. Vamos, que si pujas por una casa que vale 100.000 euros, para entrar en la subasta tienes que depositar 5.000 euros. Esto no es ebay. El precio de venta viene a ser el de tasación, y dependiendo de cuanto se alcance, puede llegar a venderse por hasta el 50% del precio de tasación, al menos en viviendas. En el enlace que has dejado, los inmuebles tienen 2 valores, valor subasta y cantidad reclamada, entiendo que la puja será sobre el valor subasta, verdad? En el caso de que un inmueble valga 100.000 euros, se debe pujar a partir de Ahí? O se puede pujar por una cifra inferior? |
14-ene-2017 15:58
#13
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Interesante información.
En el enlace que has dejado, los inmuebles tienen 2 valores, valor subasta y cantidad reclamada, entiendo que la puja será sobre el valor subasta, verdad? En el caso de que un inmueble valga 100.000 euros, se debe pujar a partir de Ahí? O se puede pujar por una cifra inferior? La puja mínima puede ser cualquiera, inferior a la del valor del bien. No la del valor del inmueble. Es decir, puedes pujar 500 euros por algo que vale 100.000, pero no por eso lo vas a ganar, ya que según si hablamos de un bien mueble o inmueble, puede uno venderse por el 30% de su valor en los primeros y el otro por el 50%, pero en casos bastante excepcionales. Todo depende de cuanto cubra de la cantidad reclamada a la persona, de si es vivienda habitual, e incluso de que el propio embargado la acepte según el precio final de subasta. Si alcanza el valor del bien, es decir, esos 100.000, si se vende seguro, creo que no puede alegar nada el embargado. Pero en muy raras ocasiones un bien se "mal-vende". Donde pone "Importe del depósito" tienes ese 5% que hay que consignar solo para ofrecer una puja. Puja mínima es lo mínimo que se puede ofrecer, cuando no tiene, pues ya no se si el mínimo es el depósito o cualquier otra cifra. Todo esto lo teneis de todas formas bien explicado en la Ley de Enjuciamiento Civil, artículos 643 en adelante para la subasta de bienes muebles e inmuebles. |
Editado: 14-ene-2017 16:00 -
14-ene-2017 16:01
#14
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Si judicialmente lo solicitas así, si, se puede subastar, claro. A día de hoy pujar puede pujar cualquiera. Ya no es como antes, que había auténticas mafias entre los propios funcionarios, policías judiciales, abogados y procuradores que iban de juzgado en juzgado haciendo "amigos" para quedarse con todos los chollos antes siquiera de que éstos salieran publicados, por lo que como digo, ahora pujar puede pujar cualquiera. Eso si, la información de lo que se ofrece es bastante escueta en la web (estando conectado con usuario creo que sale mas información). Los inmuebles es posible visitarlos antes, de tal modo que de hacerse, al embargado le permiten un 2 o 3% de descuento (no recuerdo exactamente la cifra) del valor del embargo.
Como manera posible de adquirir una vivienda es, pero ya digo, vas un poco a ciegas, y en muchos casos los bienes subastados tienen cargas que debes asumir también (todo aparece indicado en la web). comentame si hay mucha gente que busca en esa web. Es decir, si sale un piso sin deudas, habrá varios ciudadanos que irán pujando y el precio irá acercandose a un buen precio? ¿se pone un limite? por limite me refiero a que si no se llega al limite no se vende. Comentamelo o pasame algun enlace, por favor. muchas gracias |
26-abr-2017 11:09
#15
| Muy interesante el tema de las subastas. Me metí el otro día en la página de la Agencia Tributaria para echar un ojo en lo de subasta on-line y es complejo el asunto. Creo que hay que dedicarle tiempo para familiarizarse con todo el funcionamiento. |
13-dic-2017 12:33
#16
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Reflotando este hilo, no me queda claro el tema de la cantidad reclamada, pongo un ejemplo para que sea más práctico: Cantidad reclamada 156.319,93 € Anuncio BOE BOE-B-2017-72108 Valor subasta 184.600,00 € Tasación No consta Puja mínima Sin puja mínima Tramos entre pujas Sin tramos Importe del depósito 9.230,00 € Está claro que el importe del deposito es el 5% del valor de subasta, imaginemos que este inmueble se adjudica en 95.000 €, a ese precio de adjudicación, ¿habría que sumarle la cantidad reclamada? O aunque tenga una cantidad reclamada esa nunca se sumará al valor de adjudicación. Saludos y gracias foreros |
13-dic-2017 12:58
#18
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Reflotando este hilo, no me queda claro el tema de la cantidad reclamada, pongo un ejemplo para que sea más práctico:
Cantidad reclamada 156.319,93 € Anuncio BOE BOE-B-2017-72108 Valor subasta 184.600,00 € Tasación No consta Puja mínima Sin puja mínima Tramos entre pujas Sin tramos Importe del depósito 9.230,00 € Está claro que el importe del deposito es el 5% del valor de subasta, imaginemos que este inmueble se adjudica en 95.000 €, a ese precio de adjudicación, ¿habría que sumarle la cantidad reclamada? O aunque tenga una cantidad reclamada esa nunca se sumará al valor de adjudicación. Saludos y gracias foreros |
09-ene-2018 22:02
#21
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Salvo que hablemos de un chollo, mejor mirar cuanto tardan en sacar las resoluciones en el juzgado en cuestión, porque pueden convertir un buen negocio en uno bastante malo. |
09-ene-2018 22:03
#22
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Bienes muebles e inmuebles. Pero en los muebles es aun mas fundamental conocer quien tiene la posesión o depósito. Comprar coches es, por lo general, muy mala idea. |
09-ene-2018 22:05
#23
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La cantidad reclamada es lo que a la persona se le embarga, eso en principio al pujador no le afecta. Es el valor de subasta lo que cuenta a la hora de que el bien se acabe adjudicando o no.
La puja mínima puede ser cualquiera, inferior a la del valor del bien. No la del valor del inmueble. Es decir, puedes pujar 500 euros por algo que vale 100.000, pero no por eso lo vas a ganar, ya que según si hablamos de un bien mueble o inmueble, puede uno venderse por el 30% de su valor en los primeros y el otro por el 50%, pero en casos bastante excepcionales. Todo depende de cuanto cubra de la cantidad reclamada a la persona, de si es vivienda habitual, e incluso de que el propio embargado la acepte según el precio final de subasta. Si alcanza el valor del bien, es decir, esos 100.000, si se vende seguro, creo que no puede alegar nada el embargado. Pero en muy raras ocasiones un bien se "mal-vende". Donde pone "Importe del depósito" tienes ese 5% que hay que consignar solo para ofrecer una puja. Puja mínima es lo mínimo que se puede ofrecer, cuando no tiene, pues ya no se si el mínimo es el depósito o cualquier otra cifra. Todo esto lo teneis de todas formas bien explicado en la Ley de Enjuciamiento Civil, artículos 643 en adelante para la subasta de bienes muebles e inmuebles.
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09-ene-2018 22:05
#24
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Las subastas de viviendas se hacen cuando no hay acuerdo de venta por ejemplo en un divorcio o en el caso de un embargo, aunque también por jurisdicción voluntaria se pueden tramitar subastas voluntarias.
Son todas online, desde hace tiempo para evitar a los especuladores y chanchulleros. Aquí tienes el portal: https://subastas.boe.es/ Por comentar algo mas, desde el momento que sale a subasta el bien, ésta dura 20 días, ampliable por 24 horas mas si sigue habiendo pujadores. Y para poder pujar, tienes que consignar el 5% del valor del bien. Vamos, que si pujas por una casa que vale 100.000 euros, para entrar en la subasta tienes que depositar 5.000 euros. Esto no es ebay. El precio de venta viene a ser el de tasación, y dependiendo de cuanto se alcance, puede llegar a venderse por hasta el 50% del precio de tasación, al menos en viviendas. Explicación PERFECTA, si me permites 2 apuntes, la subasta despues de la fecha fijada, se amplía de hora en hora siempre que en esa hora haya existido una puja y como tope 24h sobre la fecha fijada. Si la puja ganadora no llega al 70% "creo" de esto no estoy seguro al 100x100, pero repito, que creo los comuneros pueden mostrar su desacuerdo con dicha puja ganadora |
09-ene-2018 22:06
#25
| Coches desde luego no tengo interés en comprarlos ahí, pero me estaba imaginando algo estilo Los Simpson con lanchas motora y todo xd |
09-ene-2018 22:08
#26
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Pero claro, guardan motores de 2T con combustible caducado y sin engrasar a la intemperie y sin protejer de los chorizos, etc. Es decir, convierten elementos valiosos en chatarra, y encima con coste. |
09-ene-2018 22:10
#27
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Explicación PERFECTA, si me permites 2 apuntes, la subasta despues de la fecha fijada, se amplía de hora en hora siempre que en esa hora haya existido una puja y como tope 24h sobre la fecha fijada.
Si la puja ganadora no llega al 70% "creo" de esto no estoy seguro al 100x100, pero repito, que creo los comuneros pueden mostrar su desacuerdo con dicha puja ganadora Hay, además, muchas trampas para quedarse con el bien por menos precio sin romper la ley, por culpa del legislador que ni siquiera ha mirado cómo funciona ebay... |
09-ene-2018 22:12
#28
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Y los que usamos snipers y prolongadores automáticos jugamos con eso para llevar la apuesta a la madrugada, para ver si alguien se agota.
Hay, además, muchas trampas para quedarse con el bien por menos precio sin romper la ley, por culpa del legislador que ni siquiera ha mirado cómo funciona ebay... |
09-ene-2018 22:14
#29
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Te acercas al inmueble, y estableces contacto con ellos, negocias que se piren por poco digamos 300e, y entonces pujas. Le sueltas los 300e, te firman que se van por su voluntad y cambias cerraduras y puerta. Si no acceden y te sigue interesando, pides el desahucio por precario. Yo no soy un experto en subastas ehh, asi que cuidadin con meterte a subastas con mis consejos. |
09-ene-2018 22:30
#30
| Lo que es casi seguro es que la vivienda va a tener destrozos, ocupas, deudas, etc |