absuelto un conductor que viajaba a 260
15-mar-2007 18:07
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en la autovía León-burgos Absuelto un conductor que viajaba a 260 km/h porque «no supuso un peligro» El conductor asturiano circulaba en un Audi A-8 en sentido Burgos por la A-231 y fue condenado en primera instancia a seis meses de cárcel EFE | OVIEDO Publicidad La Audiencia Provincial de Burgos ha absuelto a Constantino García, el conductor asturiano que fue condenado a seis meses de cárcel y dos años de retirada de carné por ir por una autovía a 260 kilómetros por hora, porque su "conducta temeraria" no supuso un "peligro concreto" para ninguna persona. La Audiencia revoca así la sentencia dictada el pasado 2 de enero por el Juzgado de lo Penal número 1 de Burgos, que condenaba a este asturiano de 42 años por un delito contra la seguridad del tráfico por conducción temeraria. La sentencia a la que tuvo acceso EFE mantiene como hechos probados que Constantino García Suárez circulaba a 260 kilómetros por hora cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autovía autonómica A-231 (León-Burgos). El coche, un Audi A-8 de gran cilindrada y propiedad de una empresa asturiana, fue interceptado cuando circulaba en sentido Burgos la tarde del 9 de febrero del pasado año, día en el que había "buena visibilidad y escasa circulación de vehículos" en una vía de altas prestaciones. Según la sentencia, aunque ir a 260 kilómetros por hora constituye una conducta "manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación", que crea "rechazo y reproche en la mayoría de la sociedad", no se puede considerar como un delito de conducción temeraria porque "no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto", requisito necesario para aplicar el artículo 381 del Código Penal. No hubo sujetos pasivos de peligro Esta había sido una de las bases del recurso presentado por el letrado José Carlos Botas contra la sentencia del Juzgado de lo Penal ya que, según señaló a EFE, la actitud de su cliente "no supuso ningún peligro concreto para ninguna persona". Así lo mantiene también la Audiencia de Burgos, que en la sentencia precisa que "ni el conductor ni el acompañante que viajaba con él, ni los agentes de la Guardia Civil que pararon el coche ni otros usuarios de la vía fueron sujetos pasivos de un peligro concreto". En este sentido precisa que, si bien es cierto que conducir a esa velocidad disminuye "notoriamente" la capacidad de reacción y que supone "un evidente peligro para la circulación", hay que tener en cuenta que "no se produjo ninguna circunstancia de peligro concreto, como pudiera ser el obligar a otros conductores a realizar maniobras evasivas o a que los agentes de tráfico se tuvieran que apartar para evitar ser atropellados". |
15-mar-2007 18:26
#6
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bieen!! bieen!! bieen!! bieen!! bieen!! joder solo faltaria que entrase en la carcel, porque si asi fuera saldria mas a cuenta ir robando chalets y matando gente, que ir rapido con el coche. a la carcel los violadores, ladrones, asesinos, etç pero por ir rapido ir a la carcel???? anda que como esta espanya |
15-mar-2007 18:28
#7
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Desde aquí saludo a los Gossos de la Cuadra, al Baboso del Pere , a sus secuaces de la Jodeté y a la mamá de todos ellos. Por cierto, a su mamá le debo 12 euros del último servicio, ya se los pagaré cuando me quite las ladillas. |
15-mar-2007 18:34
#8
La gente no debería tener miedo de sus gobiernos. Los gobiernos deberían tener miedo de su gente. |
15-mar-2007 18:35
#9
| por que si no todo el mundo iria a esa velocidad, lo que pasa esque tu puedes ir tranquilamente a esa velocidad pero hay mucho decelebrado q la velocidad la utiliza mal y por esos pagamos todos, aunque hoy en dia ya no hay nada q rascar multan por todo y cobran por todo los socialistas. |
15-mar-2007 18:39
#10
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Mmmm a ver... si lo he entendido bien, si no te ve nadie no hay delito? Es decir, si cometes un delito sin que haya nadie para verlo ni padecerlo? Eso de la "imprudencia temeraria" no existe para el Sr. Juez?? Yo no entiendo ná... Saludos |
15-mar-2007 18:53
#12
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Un tio a 200km/h con un A8 no me parece un peligro, pero un abuelo a 100km/h por la autopista con un Seat 124 SI, y eso no lo ve la DGT solo jueces como este que SI aplican la justicia. Un saludo! |
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